Amparan a ‘Andy’ contra la FGR

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Tomado de Reforma

Víctor Fuentes

Miércoles 17 de septiembre de 2025

CDMX.- Un juzgado federal de la Ciudad de México notificó hoy que fue presentado un amparo a nombre Andrés Manuel López Beltrán, su hermano Gonzalo López Beltrán y otras personas, para impugnar posibles órdenes de detención o aprehensión, o actos para incomunicarlos o forzar su desaparición.

Los López Beltrán son hijos del ex Presidente Andrés Manuel López Obrador, y Andrés es secretario de Organización de Morena.

El amparo 1728/2025 aparece en la lista de acuerdos del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa, y fue presentado este martes, señalando como autoridades responsables a los jueces federales en materia penal de la Ciudad de México y el Estado de México; al titular de la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada de la FGR, que lleva la investigación por huachicol contra ex mandos de la Secretaría de Marina, asi como al titular de la Secretaría de Seguridad Pública y Ciudadana (SSPC), Omar García Harfuch.

Se trata de un amparo “buscador”, en el cual se reclaman “la detención, incomunicación e ilocalizabilidad (sic) de los detenidos, privación de la vida, desaparición forzada u orden de aprehensión”, con el objetivo de que el juzgado recabe informes de las autoridades responsables, para detectar si existe alguna de esas órdenes.

La demanda reclama que se involucre a los López Beltrán con la red de huachicol fiscal que operaban altos mandos de la Marina, sin que existan pruebas en su contra.

Es posible que terceros ajenos a los López Beltrán presentaron la demanda sin su conocimiento, pues las formalidades habituales, como el otorgamiento de poderes a los abogados o la firma de los quejosos, no son necesarias cuando se reclaman este tipo de actos, sino que cualquier persona puede promover el amparo.

Estos amparos usualmente se tramitan ante juzgados en materia penal, por lo que Verónica Beltrán Munguía, la nueva titular del Juzgado Noveno que apenas tomó posesión ayer, se declaró incompetente para seguir llevando el caso.

Previamente, la jueza concedió a los quejosos, cuyos nombres fueron censurados en la notificación pública, salvo el de Andrés López Beltrán, una suspensión de plano, como es obligatorio por ley cuando se reclaman este tipo de actos.

“Se decreta de plano la suspensión del acto reclamado, consistente en la desaparición forzada y posibles actos de tortura e incomunicación de las personas quejosas, en ese sentido, para el debido cumplimiento de esta suspensión, prevéngase a las autoridades señaladas como responsables, para que de inmediato cesen la desaparición forzada, la incomunicación y posible tortura que se dice es objeto las personas quejosas, así como cualquier otro de los prohibidos por el artículo 22 de la Constitución”, ordenó la jueza.

“Prevéngase a dichas autoridades responsables para que, dentro del plazo de 24 horas, hagan del conocimiento de este juzgado la forma y términos en que den cumplimiento a la suspensión aquí decretada; asimismo, informen dónde puede ser localizadas dichas personas quejosas y, a disposición de qué autoridad se encuentran las mismas”.

Ayer mismo, el Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, con sede en Nezahualcóyotl, informó a la jueza Beltrán que ninguno de los juzgadores adscritos ha emitido orden alguna contra los quejosos.

Aparece otro amparo en Zacatecas

Un amparo similar a nombre de López Beltrán también fue notificado hoy por el Juzgado Segundo de Distrito en Zacatecas, pero señalando como autoridad responsable a la Fiscalía General de Justicia de esa entidad, además de autoridades federales.

Al igual que en la Ciudad de México, el juez concedió una suspensión de oficio contra posibles detenciones o incomunicaciones, y requirió informes a las autoridades señaladas.

Ambos amparos fueron promovidos ayer, vía electrónica, por el abogado Francisco Javier Rodríguez Smith, sin que el documento estuviera firmado por los quejosos, lo que es común en este tipo de amparos “buscadores”, en los cuales se da un plazo para que dichas personas ratifiquen por escrito la demanda.

https://www.reforma.com/amparan-a-andy-contra-la-fgr/ar3073866?v=8

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