INE rechaza investigar uso de recursos del PRI durante gobierno de Alejandro Moreno en Campeche

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Los consejeros del INE coinciden que no se presentaron elementos de probatorios y además que el tema ya prescribió en materia de fiscalización

Tomado de El Sol de México

Blanca Santos

Jueves 21 de agosto de 2025

Los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazaron por unanimidad un proyecto presentado por Morena donde solicitan que ordene a la Unidad Técnica de Fiscalización iniciar un procedimiento oficioso para conocer el destino de los recursos ejercidos por el PRI en Campeche durante el gobierno del ahora presidente nacional del PRI Alejandro Moreno Cárdenas.

Al presentar el proyecto, el representante legislativo de Morena en el INE, el diputado Guillermo Santiago Rodríguez, aseguró que esta solicitud fue apegada a la Constitución y la ley que, dijo, otorga al instituto la obligación de fiscalizar el origen, monto, destino y aplicación de los recursos de los partidos políticos.

En ese sentido, sostuvo que existen indicios y documentados donde se comprueba que Alejandro Moreno Cárdenas, durante su mandato y luego al frente del PRI, realizó desvíos, simulaciones y enriquecimiento ilícito que, afirmó, han favorecido a dicho partido además de ser una fuente de financiamiento ilegal.

Esta petición la hace justo ahora que la Fiscalía de Campeche ha solicitado nuevamente a la Cámara de Diputados el desafuero de Moreno Cárdenas por un presunto peculado de 83.5 millones de pesos, donde hay, según el expediente, pagos simulados, contratos irregulares, erogaciones sin respaldo y una obra con sobreprecio; además de que persisten denuncias previas por desvíos durante su gubernatura, asociados a enriquecimiento ilícito, lavado de dinero y fraude fiscal.

¿Por qué el INE rechazó investigar el destino de los recursos del PRI durante gobierno de Alejandro Moreno?

Aunque el morenista argumentó que el INE tiene una obligación clara de cuidar que el dinero que se da a los partidos se ejerza con transparencia, certeza y siempre dentro de la ley porque son recursos del pueblo, los consejeros del INE coincidieron en referir que no se contó con los elementos suficientes para generar algún indicio y con ello poder ordenar una investigación.

Al respecto la consejera Dania Ravel detalló que de acuerdo al Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización, el inicio de un procedimiento oficioso parte de dos supuestos: tener conocimiento por cualquier medio de hechos que pudieran configurar una violación, y contar con elementos suficientes que nos generen indicios para poder ordenar que se inicie un oficio y en este caso, sostuvo, “no tenemos lo segundo”.

“En el proyecto se habla de diversos indicios que se hicieron del conocimiento de esta autoridad, sin embargo, no se adjunta algún elemento de prueba, ni siquiera de carácter indiciario. Únicamente en el numeral nueve se realiza una breve descripción de hechos que incluso no son materia de fiscalización”.

Dania Ravel

Asimismo, indicó que existe otro motivo por el que no se puede avalar esta solicitud, el cual es la prescripción de los hechos, pues de acuerdo al citado Reglamento los procedimientos sancionadores en materia de fiscalización, prescriben al término de tres años contados a partir que se susciten las presuntas  infracciones y se tenga conocimiento de los mismos.

En el caso particular, se establece que las supuestas violaciones se dieron entre el 15 de septiembre de 2015 y hasta el 15 de septiembre de 2021, “por lo que a la fecha habría prescrito la facultad de esta autoridad para iniciar el procedimiento oficioso, sin embargo, me parece importante hacer énfasis en que, por supuesto, el partido político peticionario puede presentar una queja y en su caso será valorada su admisión”, subrayó.

En tanto la consejera Carla Humphrey consideró según su criterio que, de acuerdo al Reglamento en materia de fiscalización, la pretensión del representante de Morena escapa del principio de legalidad ya que, si bien los representantes de partido tienen la facultad de presentar quejas ante este órgano, deben sujetarse al procedimiento establecido en materia de fiscalización y cumplir con los requisitos que permitan el inicio de la investigación.

En este punto mencionó una serie de requisitos como la descripción de las circunstancias de modo, tiempo y lugar que sí hagan verosímil la versión de los hechos denunciados y que sean competencia de esta autoridad, así como aportar los elementos de prueba con los que cuente la persona denunciante y que soporten su aseveración, entre otros.

 “En conclusión, me parece que esta no es la vía, no se acompaña tampoco ni siquiera de pruebas, ni siquiera con carácter indiciario (…) Me parece que la vía no sería que este Consejo General inicie o mandate el inicio de un procedimiento oficioso, sino que, en su caso, se deje abierta la vía para que el partido político interponga una queja o presente una queja ante la autoridad electoral y que la propia Unidad Técnica de Fiscalización determine si reúne los elementos necesarios para poder admitir esta queja y continuar con su desahogo”, apuntó.

https://oem.com.mx/elsoldemexico/mexico/ine-rechaza-investigar-uso-de-recursos-durante-gobierno-de-alejandro-moreno-en-campeche-25348443

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